Publicado en el BOE el III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios

El nuevo convenio veterinario fija subidas salariales del 4 % anual hasta 2028

Estado: Esperando

21/09/2026

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios, que regulará las condiciones laborales del sector en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2028.El texto fue suscrito por la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE), en representación de las empresas ...

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el III Convenio Colectivo de Centros y Servicios Veterinarios, que regulará las condiciones laborales del sector en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2028.

El texto fue suscrito por la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE), en representación de las empresas del sector, y por las organizaciones sindicales FSS-CCOO, UGT y FETICO, en representación de las personas trabajadoras.

El convenio será de aplicación a las empresas que desarrollen actividades de asistencia a los animales en centros y servicios sanitarios veterinarios, tanto dentro como fuera de ellos, e incluye a todo el personal que presta servicios en las empresas afectadas por el mismo.

Entre las principales novedades, el acuerdo recoge las tablas salariales correspondientes a los años 2026, 2027 y 2028, con incrementos del 4% para cada ejercicio. Además, contempla una cláusula de revisión salarial en caso de que el IPC supere ese porcentaje, con un máximo adicional del 1,25%.

En materia de jornada, el convenio establece una reducción progresiva de la duración máxima anual, que será de 1.780 horas en 2026, 1.770 horas en 2027 y 1.760 horas a partir de 2028.

El texto también regula la clasificación profesional del sector, diferenciando entre personal sanitario y no sanitario, e incluye categorías como personal veterinario director, veterinario generalista, veterinario supervisado, auxiliares clínicos de veterinaria, personal administrativo, adiestradores, peluqueros de animales de compañía, personal de limpieza y servicios generales.

Además, el convenio incorpora aspectos relacionados con descansos, vacaciones, registro de jornada, disponibilidad, licencias retribuidas, excedencias, carrera profesional y complementos salariales.

Entre las licencias retribuidas, se incluye también un día de permiso en caso de fallecimiento de un animal doméstico propiedad de la persona trabajadora, su cónyuge o pareja de hecho, siempre que se acredite la propiedad, la cartilla sanitaria y el fallecimiento del animal.

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