Punto y final a las mascotas entendidas como "cosas"

La modificación hará que en caso de divorcio se deba hacer una asignación de su custodia.

13/12/2017

El Congreso de los Diputados ha admitido a trámite una proposición de ley, con apoyo de todos los grupos parlamentarios, para cambiar el régimen jurídico de los animales de compañía con el objetivo de que dejen de ser considerados "bienes inmuebles", susceptibles de formar parte de herencias, embargos o tratos ...

El Congreso de los Diputados ha admitido a trámite una proposición de ley, con apoyo de todos los grupos parlamentarios, para cambiar el régimen jurídico de los animales de compañía con el objetivo de que dejen de ser considerados "bienes inmuebles", susceptibles de formar parte de herencias, embargos o tratos de divorcio. Según recoge el texto, pasarán a tener estatus jurídico de "seres vivos dotados de sensibilidad", distinto al de las cosas y las plantas.

La propuesta llevada al pleno por el Partido Popular está apoyada de manera unánime por los grupos, y modificará el régimen jurídico de los animales de compañía en el Código Civil, la ley Hipotecaria y la ley de Enjuiciamiento Civil, para dar a las mascotas una consideración similar a la que han obtenido en las modificaciones de los códigos civiles de Francia (2015) y Portugal (2017).

Además, se trata de evitar que los animales de compañía puedan ser embargados a sus dueños ante impagos de rentas, que las mascotas no entren en el pacto de extensión de la hipoteca y propone incluir como bienes inmuebles los viveros, palomares, criaderos o colmenas, entre otros hábitats animales, siempre y cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el objetivo de mantenerlos unidos a la finca y formando parte de ella de un modo permanente.

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