IM VETERINARIA #17

21 im veterinaria La lucha contra el maltrato animal, el endurecimiento de las multas en el caso de las infracciones graves, así como mayor inversión por campañas de concienciación que garanticen un trato adecuado a mascotas y promuevan la protección animal, puntos claves para los gobiernos autonómicos de Galicia, Asturias y Cantabria. GALICIA En una CC AA como Galicia que recientemente ha ampliado el número de perros potencialmente peligrosos, la normativa en relación a los animales domésticos o de compañía se hace cada vez más específica. Entre la nueva legislación se consideran dentro de esta tipo- logía los de la raza pit bull, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rotweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu, akita inu y sus cruces. También aquellos que tengan un peso superior a 20 kilos y un perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa, fuerte musculatura o mandíbula grande. Además establece la necesidad de obte- ner una licencia para poseer un animal de estas características, la obligación de identificarlo y registrarlo y la prohibición del adiestramiento para prácticas agresivas. El desarrollo de casos violentos con canes agresivos y la alarma social generada tras estos altercados ha llevado al gobierno autonómico a tomar cartas en el asunto. Así, el Decreto de 2002 especifica acciones y medidas necesarias en cuanto a la tenencia de animales potencialmente peli- grosos a fin de garantizar su compatibilidad con la seguri- dad de personas y bienes y de otros animales, así como el desarrollo de las previsiones sobre tenencia y posesión de animales peligrosos. Obligaciones de los propietarios Asimismo, la normativa del ejecutivo gallego determina una serie de obligaciones respecto a los propietarios de anima- les, entre las que se encuentran la de tratarlos humanitaria- mente y mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sa- nitarias; adoptar las medidas necesarias para impedir que los animales ensucien las vías o espacios públicos, causen molestias a los vecinos o pongan en peligro a quien conviva en su entorno; además, será responsable de los daños y per- juicios que ocasione el mismo, con arreglo a la legislación aplicable, en su caso. Todo ello resulta de gran trascendencia teniendo en cuenta que algunas de las infracciones graves son: el maltrato de los animales que les cause dolor o lesiones; la mutilación sin necesidad o sin el adecuado control veterinario; el aban- dono; la venta ambulante reiterada de animales en general fuera de los establecimientos, ferias y mercados legalmen- te autorizados; la no vacunación; y la tenencia de animales peligrosos sin las medidas de protección que se fijan, entre otros. Actualización Dada la necesidad de actualizar tanto la tipología de infrac- ciones como la multa impuesta y ante la reiteración en Ga- licia de casos de malos tratos hacia los animales, como los En Galicia ha aumentado recientemente el número de perros potencialmente peligrosos

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