
Estado: Esperando
En las últimas semanas han circulado en los medios de comunicación, redes sociales y grupos de WhatsApp, mensajes que afirman que el nuevo Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC) supondrá la prohibición de la venta de la mayoría de los animales que hoy comercializáis: periquitos, agapornis, geckos, tortugas, peces ...
En las últimas semanas han circulado en los medios de comunicación, redes sociales y grupos de WhatsApp, mensajes que afirman que el nuevo Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC) supondrá la prohibición de la venta de la mayoría de los animales que hoy comercializáis: periquitos, agapornis, geckos, tortugas, peces de acuario, roedores y muchas otras especies que llevan décadas en vuestras tiendas y en los hogares de vuestros clientes.
Entendemos vuestra preocupación y la consideramos legítima. Pero queremos enviaros un mensaje claro, basado en la situación jurídica actual: hasta hoy, no existe ningún listado positivo aprobado ni nuevas prohibiciones en vigor. Los mensajes que circulan exageran la situación y generan una alarma que no se ajusta a la realidad.
A continuación, explicamos el por qué:
AEDPAC ha presentado un escrito formal de alegaciones con 21 alegaciones jurídicas al borrador del real decreto, identificando sus puntos débiles y proponiendo texto alternativo concreto para cada uno.
Nuestro trabajo no ha sido oponernos al sistema. Ha sido asegurarnos de que esté bien construido. Y hay argumentos jurídicos sólidos para ello. El más importante de todos es este: la propia Ley 7/2023 excluye expresamente de cualquier listado positivo a las aves de cetrería y a los animales de acuariofilia, remitiéndolos a su normativa específica. Esto demuestra que el legislador no quiso que el listado positivo fuera una prohibición automática de todo lo que no figure en él. Hay especies que tienen su propio marco normativo y que no necesitan estar en ningún listado para poder comercializarse legalmente.
Además, hemos argumentado que el canario, el periquito, el agapornis, el gecko leopardo, la cobaya y muchas otras especies de cría consolidada son animales domésticos conforme a la Ley 8/2003 de Sanidad Animal, que es la norma a la que la propia Ley 7/2023 remite para definir qué es doméstico. Si son domésticos conforme a esa ley, deben estar en el Listado de Especies Domésticas de Compañía por mandato de la propia ley habilitante. El reglamento no puede excluirlos.
Nada de forma inmediata. Mientras el listado no se publique, la situación jurídica actual no cambia. Podéis seguir comprando, vendiendo y teniendo los animales que tenéis.
Cuando el listado se publique, AEDPAC ha exigido formalmente que se establezca un régimen transitorio específico para los establecimientos comerciales que tengan animales legalmente adquiridos para su venta. Ese régimen debe incluir un plazo suficiente para la liquidación ordenada del stock, incluyendo los animales que hayáis comprometido contractualmente pero que todavía no hayáis recibido.
Esta petición está respaldada por el principio constitucional de seguridad jurídica y por el principio europeo de confianza legítima: un operador que invirtió en animales al amparo de la legalidad vigente no puede ser dejado sin salida de un día para otro.
El riesgo existe si el borrador se aprueba sin las correcciones que AEDPAC ha formulado. Por eso hemos presentado alegaciones. Por eso hemos trabajado durante meses en un análisis jurídico riguroso. Y por ello, seguiremos presentes en cada fase del procedimiento, con plena disposición de interlocución, como venimos haciendo con la DGDA hace años, de forma que se facilite una implantación del Listado Positivo coherente, rigurosa y respetuosa con el Ordenamiento Jurídico y los derechos de todos los agentes del sector y de los ciudadanos.
Por su parte, hemos alegado y vamos a exigir en todos los trámites, fases e instancias la aplicación del principio de proporcionalidad que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea impone a la hora de establecer un Listado Positivo.
El Listado Positivo es una realidad con la que tendremos que convivir. Pero su contenido concreto no está decidido, su procedimiento actual tiene defectos jurídicos que AEDPAC ha señalado formalmente, y hay argumentos sólidos para que las especies que se comercializan actualmente de forma consolidada sigan teniendo su lugar en el sistema.
AEDPAC seguirá trabajando para que así sea.
Los comercios especializados no están solos en esto.
La fortaleza del sector, también, reside en su capacidad de actuar de forma coordinada. Una representación amplia y cohesionada refuerza la interlocución con la Administración y permite defender mejor los intereses comunes.
Por ello, animamos a aquellos operadores que aún no formen parte de AEDPAC a valorar su adhesión, como vía para contribuir activamente a este proceso y fortalecer la voz conjunta del sector.
Gracias a todos.
Adolfo Santa-Olalla
Presidente CAAVV de AEDPAC