AEDPAC pide calma al comercio especializado ante el futuro Listado Positivo de Animales de Compañía

AEDPAC ha trasladado un mensaje de tranquilidad a los comercios especializados ante la preocupación generada por el futuro Listado Positivo de Animales de Compañía. La asociación recuerda que todavía no existe ningún listado aprobado ni nuevas prohibiciones en vigor, y asegura que ha presentado alegaciones jurídicas al proyecto de real decreto para garantizar un sistema proporcionado, seguro y respetuoso con las especies de cría consolidada.

Estado: Esperando

27/05/2026

En las últimas semanas han circulado en los medios de comunicación, redes sociales y grupos de WhatsApp, mensajes que afirman que el nuevo Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC) supondrá la prohibición de la venta de la mayoría de los animales que hoy comercializáis: periquitos, agapornis, geckos, tortugas, peces ...

En las últimas semanas han circulado en los medios de comunicación, redes sociales y grupos de WhatsApp, mensajes que afirman que el nuevo Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC) supondrá la prohibición de la venta de la mayoría de los animales que hoy comercializáis: periquitos, agapornis, geckos, tortugas, peces de acuario, roedores y muchas otras especies que llevan décadas en vuestras tiendas y en los hogares de vuestros clientes.

Entendemos vuestra preocupación y la consideramos legítima. Pero queremos enviaros un mensaje claro, basado en la situación jurídica actual: hasta hoy, no existe ningún listado positivo aprobado ni nuevas prohibiciones en vigor. Los mensajes que circulan exageran la situación y generan una alarma que no se ajusta a la realidad.

A continuación, explicamos el por qué:

¿Qué es el Listado Positivo y en qué punto se encuentra actualmente?

  • El Listado Positivo de Animales de Compañía (LPAC) es un instrumento previsto en la Ley 7/2023 que establecerá qué especies pueden tenerse como animales de compañía. El Ministerio de Derechos Sociales ha sometido a audiencia pública el Proyecto de Real Decreto que regulará cómo se elaborará ese listado.
  • La situación jurídica no cambia por ahora. Se puede seguir desarrollando la actividad con normalidad.
  • El contenido del listado aún no está definido. Lo que existe es un borrador de las reglas del juego para elaborarlo.
  • Dicho de otra forma: hoy no hay ninguna especie prohibida que no lo estuviera ya antes. El proyecto de real decreto no prohíbe nada directamente. Establece el procedimiento por el que en el futuro se decidirá qué especies están incluidas y cuáles no.

¿Qué ha hecho AEDPAC?

AEDPAC ha presentado un escrito formal de alegaciones con 21 alegaciones jurídicas al borrador del real decreto, identificando sus puntos débiles y proponiendo texto alternativo concreto para cada uno.

Nuestro trabajo no ha sido oponernos al sistema. Ha sido asegurarnos de que esté bien construido. Y hay argumentos jurídicos sólidos para ello. El más importante de todos es este: la propia Ley 7/2023 excluye expresamente de cualquier listado positivo a las aves de cetrería y a los animales de acuariofilia, remitiéndolos a su normativa específica. Esto demuestra que el legislador no quiso que el listado positivo fuera una prohibición automática de todo lo que no figure en él. Hay especies que tienen su propio marco normativo y que no necesitan estar en ningún listado para poder comercializarse legalmente.

Además, hemos argumentado que el canario, el periquito, el agapornis, el gecko leopardo, la cobaya y muchas otras especies de cría consolidada son animales domésticos conforme a la Ley 8/2003 de Sanidad Animal, que es la norma a la que la propia Ley 7/2023 remite para definir qué es doméstico. Si son domésticos conforme a esa ley, deben estar en el Listado de Especies Domésticas de Compañía por mandato de la propia ley habilitante. El reglamento no puede excluirlos.


¿Qué va a pasar con los animales que tengo ahora en mi tienda?

Nada de forma inmediata. Mientras el listado no se publique, la situación jurídica actual no cambia. Podéis seguir comprando, vendiendo y teniendo los animales que tenéis.

Cuando el listado se publique, AEDPAC ha exigido formalmente que se establezca un régimen transitorio específico para los establecimientos comerciales que tengan animales legalmente adquiridos para su venta. Ese régimen debe incluir un plazo suficiente para la liquidación ordenada del stock, incluyendo los animales que hayáis comprometido contractualmente pero que todavía no hayáis recibido.

Esta petición está respaldada por el principio constitucional de seguridad jurídica y por el principio europeo de confianza legítima: un operador que invirtió en animales al amparo de la legalidad vigente no puede ser dejado sin salida de un día para otro.


¿Hay riesgo de que muchas especies queden prohibidas?

El riesgo existe si el borrador se aprueba sin las correcciones que AEDPAC ha formulado. Por eso hemos presentado alegaciones. Por eso hemos trabajado durante meses en un análisis jurídico riguroso. Y por ello, seguiremos presentes en cada fase del procedimiento, con plena disposición de interlocución, como venimos haciendo con la DGDA hace años, de forma que se facilite una implantación del Listado Positivo coherente, rigurosa y respetuosa con el Ordenamiento Jurídico y los derechos de todos los agentes del sector y de los ciudadanos.

Por su parte, hemos alegado y vamos a exigir en todos los trámites, fases e instancias la aplicación del principio de proporcionalidad que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea impone a la hora de establecer un Listado Positivo.


¿Qué podéis hacer vosotros desde el comercio especialista?

  1. Mantener la calma. No crear ni difundir mensajes de alarma sin contrastar, así como no dar crédito ni difusión a noticias o mensajes de foros sin rigor. Lamentablemente muchos medios de comunicación se están lanzando a publicar contenidos falsos, inexactos o sin criterio. La incertidumbre ya está afectando a las ventas y al comportamiento de los clientes. El pánico no ayuda ni al sector ni a los animales.
  2. Tranquilizar a los clientes. Si acuden preocupados, hay que explicarles que el listado no existe todavía, que mientras no se publique nada cambia, y que cuando se publique no creemos que prácticamente ninguno de los animales que se están comercializando en la actualidad vayan a ser prohibidos.
  3. Comunicarnos cualquier incidencia. Es importante trasladar cualquier situación concreta que se observe en los establecimientos —proveedores que cancelan pedidos, clientes que devuelven animales, bancos que deniegan financiación por incertidumbre regulatoria—, porque desde AEDPAC podemos ayudar a contrarrestarlo. Toda esa información es valiosa para nuestras alegaciones y para nuestra interlocución con el Ministerio.

En resumen

El Listado Positivo es una realidad con la que tendremos que convivir. Pero su contenido concreto no está decidido, su procedimiento actual tiene defectos jurídicos que AEDPAC ha señalado formalmente, y hay argumentos sólidos para que las especies que se comercializan actualmente de forma consolidada sigan teniendo su lugar en el sistema.

AEDPAC seguirá trabajando para que así sea.

Los comercios especializados no están solos en esto.

La fortaleza del sector, también, reside en su capacidad de actuar de forma coordinada. Una representación amplia y cohesionada refuerza la interlocución con la Administración y permite defender mejor los intereses comunes.

Por ello, animamos a aquellos operadores que aún no formen parte de AEDPAC a valorar su adhesión, como vía para contribuir activamente a este proceso y fortalecer la voz conjunta del sector.

Gracias a todos.

Adolfo Santa-Olalla
Presidente CAAVV de AEDPAC