FESVET reclama elevar el Grado en Veterinaria a 360 créditos en la nueva reforma normativa

La federación ha presentado alegaciones en la consulta pública previa del proyecto de Real Decreto que adapta la normativa española al marco europeo, solicitando un refuerzo de la formación veterinaria y un mayor peso de la Salud Pública y el enfoque "One Health".

Estado: Esperando

23/12/2025

En la sección de "Consultas públicas previas", de la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es/normativa/audiencia/home.htm), que tiene por objeto recabar la opinión de los ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo, se ha publicado el "Proyecto de Real Decreto por el que se modifica ...

En la sección de "Consultas públicas previas", de la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es/normativa/audiencia/home.htm), que tiene por objeto recabar la opinión de los ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo, se ha publicado el "Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), en relación con los requisitos mínimos de formación para las profesiones de enfermera responsable de cuidados generales, odontólogo, farmacéutico y veterinario".

Aunque el Ministerio proponente de este proyecto de R.D. es el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, en su elaboración también han participado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el de Sanidad. Y desde FESVET queremos resaltar la importancia de este proyecto porque, además de afectar a otras profesiones sanitarias como enfermeras, odontólogos y farmacéuticos, también transpondrá la Directiva Delegada (UE) 2025/1223 de la Comisión, de 10 de abril de 2025, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos mínimos de formación para la profesión de veterinario.

Lo primero que sorprende de este proyecto es que, en la memoria del análisis de impacto normativo, no figura ninguna observación de la OCV en la fase de audiencia directa que el Ministerio concedió a los cuatro colegios sanitarios afectados por esta modificación. Por el contrario, si comparecen y alegan el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería y el de Farmacéuticos haciendo aportaciones que, entre otras cuestiones, detectan algún error en la traducción al español de las Directivas.

En cualquier caso, desde FESVET, en esta nueva fase de consulta previa, hemos solicitado a los tres ministerios implicados, dos cuestiones fundamentales:

1.- Que el Grado y los Planes de Estudios de la profesión sanitaria Veterinaria incrementen sus horas lectivas y prácticas, modificándose la Orden ECI 333/2008, de 13 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de veterinario con el fin de que dispongan de planes de estudio con una duración de 360 créditos europeos.

2.- Que, en la formación para la profesión de veterinario, los conocimientos, habilidades y actitudes que deben adquirir los nuevos egresados veterinarios se deben desarrollar adecuadamente, entre otras, las competencias en materia de protección y promoción de la salud de las personas en los ámbitos de la salud pública y comunitaria.

En la fundamentación de la primera de estas peticiones, esgrimimos como argumento principal que "para alcanzar los objetivos formativos enunciados, resulta imprescindible incrementar los estudios del grado en Veterinaria a 360 ECTS al igual que en la mayoría de los países europeos que ya tienen, desde hace tiempo, consolidados ciclos formativos de 360 ECTS (9.000 horas de dedicación o más)", para "dotar a los estudiantes de Veterinaria de una formación práctica que les permita alcanzar un nivel competencial óptimo, ser competitivos en todos los aspectos y mejorar los actuales estándares de calidad en la enseñanza".

Y en el segundo de los casos hacemos hincapié en el término y concepto de Veterinaria de Salud Pública, que es el que contempla, entre otras normativas, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en sus artículos 8.2 y artículo 18; así como en el Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad. Incidiendo además en la formación y el conocimiento del concepto de «una sola salud», incluidas las capacidades y competencias para su aplicación e integración en la Veterinaria de Salud Pública, que permita atender los problemas de salud de la población humana, en colaboración con el resto de profesiones sanitarias, mediante acciones de vigilancia, protección y promoción de la salud, gestión e investigación sanitarias en relación con los peligros de naturaleza biológica, con especial referencia a las zoonosis, química, física o nutricional con origen en la vida animal y sus producciones, alimentos, subproductos y residuos, en los ámbitos de la salud comunitaria, la salud alimentaria y la salud ambiental.

En FESVET confiamos que los ministerios implicados en esta transposición y cambios normativos hagan suyas nuestras alegaciones, y con ello se contribuya a mejorar y consolidar la formación sanitaria de los Veterinarios