
Estado: Esperando
La prueba de valoración de anticuerpos de la rabia necesaria, para los perros, gatos y hurones que entran en la Unión Europea desde un país o territorio no comunitario no incluido en el anexo II del Reglamento de ejecución (EU) No 577/2013, debe realizarse en un laboratorio oficial designado de ...
La prueba de valoración de anticuerpos de la rabia necesaria, para los perros, gatos y hurones que entran en la Unión Europea desde un país o territorio no comunitario no incluido en el anexo II del Reglamento de ejecución (EU) No 577/2013, debe realizarse en un laboratorio oficial designado de acuerdo con el artículo 37 del Reglamento (UE) 2017/625, y, por tanto, específicamente acreditado para la realización de este método analítico.
En España los laboratorios acreditados son: