La AEMPS exige certificado OBPR para lotes de vacunas veterinarias autorizadas bajo el Art. 25 desde el 10 de junio

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios amplía el control a las vacunas aprobadas "en circunstancias excepcionales". Desde el 10 de junio de 2025, todo lote comercializado en España deberá contar con OBPR -reconociéndose también OBPR/OCABR de otros Estados miembros- y tramitarse vía GEMED (RAEVET).

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) informa que varias vacunas veterinarias han sido aprobadas sobre la base del artículo 25 del Reglamento (UE) 2019/6 (Solicitudes en circunstancias excepcionales). Debido a la trascendencia de estas enfermedades y a la importancia del control sobre la calidad de estas vacunas, ... + leer más


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