IM VETERINARIA #28

28 im veterinaria Normativa actualizada Precisamente La Rioja es una de las CCAA con una legisla- ción en protección animal más actualizada. Con el objetivo de alcanzar el máximo nivel de bienestar de los animales, la normativa aprobada en 2018 recoge entre sus objetivos lu- char contra el maltrato y abandono, impulsar la adopción o implantar actividades formativas, divulgativas e informativas en materia de protección animal. Asimismo, considera como animales de compañía a los pe- rros, gatos, hurones y otros animales que así se determinen, siempre que su tenencia no implique su consumo o el apro- vechamiento de sus producciones, o no se lleve a cabo, en general, con fines comerciales o lucrativos. Infracciones graves Estipula también la creación del registro de centros de aco- gida de animales de compañía que facilita periódicamente a todos los centros de acogida listados de personas sanciona- das administrativamente por incurrir en infracciones graves o muy graves, o condenadas por delitos relativos al maltrato o abandono del animal. Las infracciones muy graves, entre las que se encuentra el maltrato y sacrificar animales sin el control veterinario, se sancionan con multas de 5.001 a 100.000 euros. ARAGÓN La sanidad animal se ha revelado como un factor clave en la garantía de la salud pública, y así lo entiende el Gobierno de Aragón. El creciente desplazamiento de personas entre CCAA y el aumento del censo de animales de compañía incremen- tan el riesgo de difusión de las enfermedades infecciosas de los animales y otras patologías transmisibles al hombre. Por lo que el ejecutivo autonómico estandarizó en 2017 la obli- gatoriedad de la vacunación antirrábica en toda la región. Vacuna antirrábica Los animales que deben vacunarse obligatoriamente son to- dos los de la especie canina. La vacunación de otras especies de animales es de carácter voluntario, excepto en el caso de gatos y hurones. Asimismo, la primovacunación se realiza en el animal de compañía cuando tiene al menos 12 semanas de edad y an- tes de que cumpla las veinticuatro. Posteriormente se efec- túan revacunaciones con la frecuencia necesaria. La no vacunación se considera una infracción leve que con- lleva una multa de 60 a 601 euros. Maltrato animal En el caso de las infracciones muy graves el ejecutivo arago- nés establece tres supuestos: maltratar o agredir a los ani- males o someterlos a prácticas que les produzcan daños o sufrimientos innecesarios o injustificados; la organización y celebración de peleas de perros, de gallos o de cualesquiera animales entre sí, y el incumplimiento de las condiciones pre- vistas para los procedimientos recogidos en la ley. Para las infracciones muy graves y para las graves la norma- tiva contempla sanciones complementarias que pueden ir desde la prohibición de tenencia o de adquisición de anima- les, el cierre de las instalaciones, locales o establecimientos si fuera el caso, hasta la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas relacionadas Estas sanciones complementarias pueden durar un período máximo de cuatro años para las infracciones graves y de cua- tro a seis años en el caso de las infracciones muy graves. NÚMERO DE VETERINARIOS COLEGIADOS. 2019 Varones Mujeres Total Menores de 35 años 104 102 40 De 35 a 44 años 13 27 36 De 45 a 54 años 31 21 52 De 55 a 64 años 32 26 58 De 65 a 69 años 5 1 6 De 70 y más años 14 0 14 Total 104 102 206 LA RIOJA Fuente: INE NAVARRA Varones Mujeres Total Menores de 35 años 23 55 78 De 35 a 44 años 31 55 86 De 45 a 54 años 99 74 173 De 55 a 64 años 80 45 125 De 65 a 69 años 18 1 19 De 70 y más años 27 0 27 Total 278 230 508 El ejecutivo aragonés considera infracciones muy graves supuestos como maltratar a los animales o la organización de peleas de perros, de gallos

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