IM VETERINARIA #21

25 im veterinaria Unamayor concienciación ciudadana ante el maltrato y el abandono animal y garan- tizar la correcta tenencia de animales peligrosos son algunas de las prioridades de los gobiernos vasco, navarro, riojano y aragonés. El desarrollo de normativas concretas que establecen las infracciones y casos sancionables supone un gran avance en la pro- tección animal. Junto a ello, los gobiernos autonómicos incorporan medidas específi- cas en materia de educación y prevención animal. PAÍS VASCO La mascota se ha convertido en un miembro más de la fami- lia. Y esto es así en un país como España en el que hay más animales de compañía que niños menores de 15 años, según la Red Española de Identificación de Animales de Compañía. En concreto, hasta el pasado año se registraron 13 millones de mascotas en el país, de las cuales un 93% son perros y un 6%, gatos. Unas cifras nada desdeñables, que en el País Vasco se concre- tan en 700 gatos censados en Donostia, según el Registro Ge- neral de Animales. De ahí la exigencia de velar por la protec- ción y el bienestar animal como eje del buen gobierno. Infracciones La ley vasca contra el maltrato de animales es bastante especí- fica pues prohíbe expresamente someterlos a cualquier prác- tica que les pueda producir sufrimientos o daños y angustia injustificados. También contempla como una infracción muy grave el abandono, y mantenerlo sin la alimentación necesaria para subsistir o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénico-sanitario. A ello se suman otras prohibiciones como las mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesi- dad; y suministrarles alcohol, drogas o fármacos o practicarles cualquier manipulación artificial que pueda producirles daños físicos o psíquicos, aún incluso en el caso de que se haga para aumentar el rendimiento de una competición. La norma es extensa en cuanto a las prohibiciones impidien- do la filmación de escenas con animales para cine o televisión que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento no simulado, las peleas de perros y gallos, y sacrificar animales en la vía pú- blica, salvo en los casos de extrema necesidad y fuerza mayor. Maltrato animal Especial atención dedica la normativa autonómica a uno de los problemas que más preocupa a nuestra sociedad: el mal- trato animal. Así define animal abandonado como aquel que no lleve ninguna identificación del origen y del propietario, ni vaya acompañado de persona alguna, así como aquel que, portando su identificación, no haya sido denunciado su extra- vío por su propietario o persona autorizada. El plazo de retención de un animal sin identificación es como mínimo de 30 días, y, transcurrido dicho plazo sin que sea re- clamado, el animal puede ser objeto de apropiación, cedido a un tercero o sacrificado. Población canina La mascota preferida de los españoles es el perro, habiendo un total de 5.147.980 ejemplares en toda España (21,9% del total) según los datos del último censo de la Asociación Ma- drileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC). Las razas preferidas son el yorkshire terrier, el pastor alemán, el bichón maltés, el chihuahua y el labrador retriever. Por otro lado, 2.265.980 gatos domésticos hay en España. Las variantes preferidas de estos felinos son el siamés y el persa. En el caso del País Vasco, el Decreto 101/2004 es el que rige la tenencia de animales de la especie canina. Así, por ejemplo, establece la obligatoriedad de que los animales están bajo control y sujetos con una correa adecuada a las características del animal y con una longitud máxima de dos metros en los espacios públicos urbanos, así como en las partes comunes de los inmuebles colectivos. También establece la prohibición de abandonar las deyecciones de los perros en vías y plazas pú- blicas, parques infantiles, jardines, y en general, en cualquier

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