IM VETERINARIA #14

12 im veterinaria CEUTA Y MELILLA La regulación de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla en materia de salud animal coincide en la necesidad de poner freno a cuestiones que afectan de manera especial a estas re- giones, como son la obligatoriedad de la vacuna antirrábica y la tenencia responsable de animales. El lanzamiento este año del programa de Lucha Antirrábica del gobierno melillense es una de las iniciativas más novedosas en este apartado, ya que establece la obligatoriedad de la vacu- nación y la desparasitación anual y de manera gratuita para el usuario. Esto es especialmente relevante debido al contacto con el norte de África que es una zona enzoótica de rabia. Erradicación de la rabia A través de la firma de un convenio entre la Consejería de Sa- lud Pública y el Colegio Oficial de Veterinarios, Melilla se sitúa a la avanzadilla en cuanto a la regulación y control de esta enfermedad. El objeto del acuerdo es la erradicación a través de controles e inoculación de dosis sin coste alguno para los usuarios; de manera que, junto con la vacunación y la despa- rasitación obligatorias, el ejecutivo autonómico contempla la expedición de los pasaportes comunitarios para desplaza- mientos de animales de compañía, así como las actuaciones necesarias para el control de la enfermedad de animales pro- cedentes del Centro de Acogida y Observación de Animales de Compañía de la Ciudad. La normativa de la ciudad autonómica de Ceuta dedica un ca- pítulo especial a este tema en el cual se fija la obligatoriedad de que la vacuna se realice en los centros clínicos veterinarios, y a partir de los tres meses, al menos una vez al año, y siempre con anterioridad a la fecha de vencimiento de la última inocu- lación antirrábica. Medidas especiales Precisamente, y debido a la situación geográfica de ambas regiones y al tratarse de una enfermedad transmisible tanto a otros animales como a los humanos, la normativa vigente también contempla medidas especiales sobre cómo actuar en caso de mordedura de animales de compañía. Así, por ejemplo, la ley para la tenencia, protección y bienestar de los animales domésticos de Ceuta prevé que ante la mordedura de un animal a otro o al hombre, el animal quedará en obser- vación durante un plazo mínimo de 20 días bien en el Centro Zoosanitario Municipal o bien bajo secuestro domiciliario. En el caso de que se trate de un animal abandonado será in- cautado por los agentes zoosanitarios, depositado en el Cen- tro Zoosanitario y, transcurridos los 20 días, se decidirá por los veterinarios oficiales su destino final, pudiendo ser la adop- ción, cesión a asociaciones protectoras de animales o sacrificio por método eutanásico. Además, la regulación establece que cualquier animal que protagonice un episodio de agresión po- drá ser calificado como potencialmente peligroso. Sanciones Los ejecutivos de las ciudades autonómicas conceden especial atención al capítulo de sanciones, así, por ejemplo, el gobierno ceutí define como infracciones muy graves depositar alimen- tos envenenados en espacios y lugares públicos, el suministro a los animales de alimentos y medicamentos que contengan sustancias que puedan provocar al animal sufrimiento y, en última instancia, la realización de más de una infracción de na- turaleza grave en el plazo de un año. Entre las sanciones graves están: no realizar las vacunaciones y tratamientos obligatorios, no mantener a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias, no suministrar a los animales la asistencia veterinaria necesaria, u ofrecer animales como premio o recompensa en concursos o con fines públi- cos. Varones Mujeres Total Menores de 35 años 2 2 4 De 35 a 44 años 5 4 9 De 45 a 54 años 4 1 5 De 55 a 64 años 6 0 6 De 65 a 69 años 1 0 1 De 70 y más años 1 0 1 Total 19 7 26 NÚMERO DE VETERINARIOS COLEGIADOS 2017 CEUTA Fuente: INE Varones Mujeres Total Menores de 35 años 1 7 8 De 35 a 44 años 3 3 6 De 45 a 54 años 3 0 3 De 55 a 64 años 3 1 4 De 65 a 69 años 1 0 1 De 70 y más años 1 0 1 Total 12 11 23 MELILLA Melilla se sitúa a la avanzadilla en cuanto a la regulación y control de la rabia

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