El Ayuntamiento de Ávila regula acceso de animales a dependencias municipales

Estas disposiciones no afectan lo establecido en la Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León

05/01/2024

El Ayuntamiento de Ávila ha aprobado una normativa para regular el acceso de animales de compañía a sus dependencias y servicios adscritos. Esta reglamentación surge como una medida para formalizar las restricciones preexistentes, otorgando así un marco legal a las prohibiciones de acceso que no contaban con texto explícito. Con ...

El Ayuntamiento de Ávila ha aprobado una normativa para regular el acceso de animales de compañía a sus dependencias y servicios adscritos. Esta reglamentación surge como una medida para formalizar las restricciones preexistentes, otorgando así un marco legal a las prohibiciones de acceso que no contaban con texto explícito. Con una aprobación unánime de los miembros de la Junta de Gobierno Local, el dictamen ajusta sus disposiciones a la reciente Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, además de estar alineado con las recomendaciones de prevención de riesgos laborales.

La nueva regulación prohíbe la entrada de animales de compañía en diversas dependencias municipales, con el propósito de salvaguardar la salud y seguridad tanto de los trabajadores como de los visitantes. Entre las áreas restringidas se encuentran las dependencias administrativas, culturales, sociosanitarias, deportivas, transporte urbano, mercado de abastos y cementerio. Esta medida busca evitar situaciones de riesgo relacionadas con alergias, fobias, higiene y preservación de bienes municipales.

Las dependencias administrativas, donde los empleados prestan servicios al Ayuntamiento, como el edificio principal, Urbanismo y Medio Ambiente, Policía Local, entre otros, se encuentran incluidas en esta regulación. La prohibición en estas áreas pretende prevenir riesgos asociados a la salud por problemas de alergias o fobias, tanto para los trabajadores como para los visitantes.

Del mismo modo, las dependencias culturales, como bibliotecas, museos, palacios y salas expositivas, han sido incluidas en la regulación. La intención es preservar el patrimonio bibliográfico, documental, cultural y artístico, así como garantizar que los usuarios no se vean afectados por la presencia de animales de compañía.

Las dependencias sociosanitarias, como los centros de CEAS y el centro San Vicente Ferrer, también forman parte de las áreas donde se restringe el acceso a animales de compañía. Esto se implementa para asegurar que los usuarios no se vean afectados durante sus actividades y evitar riesgos de salud.

Las instalaciones deportivas, como la Ciudad Deportiva, Sánchez Granado y campos de fútbol en Sancti Spiritu, también prohíben la entrada de animales por razones higiénico-sanitarias y para garantizar la integridad de las personas y bienes. Estas restricciones se han establecido para mantener la seguridad de los deportistas y del personal, evitando posibles alteraciones en el desarrollo de actividades deportivas.

Además, se ha restringido el acceso de animales al transporte urbano colectivo, al mercado de abastos y al cementerio por razones de higiene y seguridad, exceptuando aquellos que lo hagan en transportín y con un peso máximo soportado de 10 kilos. Es importante destacar que estas medidas se han tomado considerando aspectos sanitarios, de bienestar y seguridad tanto de las personas como de los animales.

Sin embargo, se ha dejado claro en el dictamen que estas disposiciones no afectan lo establecido en la Ley 11/2019, de 3 de abril, de acceso al entorno de las personas usuarias de perro de asistencia en la Comunidad de Castilla y León. Esto significa que las personas con perros de asistencia tendrán acceso a los edificios públicos conforme a la normativa específica que les concierne.

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