Ley de protección de animales en España: Preguntas frecuentes para dueños de mascotas

El Ayuntamiento de Barberá del Vallés aclara las dudas sobre la nueva ley. De los 81 artículos que componen la Ley 44, no se pueden aplicar actualmente porque están supeditados al despliegue de un Reglamento.

19/10/2023

La nueva Ley de protección de los derechos y bienestar de los animales regula los aspectos básicos de los derechos y obligaciones con los animales. Su finalidad es establecer en todo el territorio español una Normativa común para la protección y garantía de los derechos y el bienestar de los ...

La nueva Ley de protección de los derechos y bienestar de los animales regula los aspectos básicos de los derechos y obligaciones con los animales. Su finalidad es establecer en todo el territorio español una Normativa común para la protección y garantía de los derechos y el bienestar de los animales de compañía y de los animales silvestres en cautividad.

La ley, que entró en vigor el pasado 29 de septiembre, excluye a los animales utilizados en espectáculos taurinos, animales de producción, los empleados en experimentación y finalidades científicas, los animales silvestres que no estén en cautividad, y otros supuestos especiales, como las aves de halconería, perros pastores, de rescate, policiales o perros de caza.

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué animales puedo tener en casa?

Se podrán seguir vendiendo y teniendo la mayoría de los animales que se comercializan en la actualidad. Por lo que respecta a las especies silvestres, solo se permitirá tener las que aparecerán en el Listado Positivo (todavía no publicado). La Ley no permite la tenencia de los animales que cumplan las siguientes características:

  • Artrópodos, peces y anfibios con mordida o veneno que pueda suponer un riesgo grave para las personas y animales
  • Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que, en estado adulto, superen los 2 kg de peso, excepto en el caso de los quelonios
  • Todos los primates.
  • Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg
  • Especies incluidas en otras normativas sectoriales en el ámbito estatal o comunitario que impidan su tenencia en cautividad.

¿En qué lugares se pueden comprar animales?

  • En comercios especializados.
  • Los perros, gatos y hurones solo podrán adquirirse a través de criadores registrados. A partir del 25/09/24 ya no se permitirá venderlos en las tiendas de animales.

¿Cómo se realiza la adopción?

  • Solo se podrá adoptar en centros públicos de protección animal o en entidades de protección animal registradas y con un contrato de adopción.

¿Quién puede hacer la cría de animales?

  • Solo podrán hacer criar estos animales domésticos los profesionales registrados
  • Será obligatorio que los vendan con el chip identificativo incorporado.

¿Qué animales se han de identificar?

  • Los perros, gatos y hurones se han de identificar con microchip.
  • Las aves se han de identificar desde su nacimiento con anillos.
  • Todos los animales se registrarán en el Registro de animales de compañía de cada comunidad autónoma.

¿Es necesario esterilizar a los animales de compañía?

  • En el caso de los gatos, tendrán que ser esterilizados antes de los 6 meses de edad, a excepción de aquellos que sean inscritos como reproductores.
  • Para el resto de animales de compañía se han de adoptar las medidas necesarias para evitar su reproducción incontrolada.

¿Se ha de hacer un reconocimiento veterinario periódico?

  • Los animales han de mantener unas condiciones de vida dignas.
  • Se han de hacer reconocimientos veterinarios, aunque todavía se ha de determinar la periodicidad.

¿Qué perros se consideran potencialmente peligrosos?

  • Continúa vigente la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Por tanto, hasta que no se derogue esta ley se consideran perros potencialmente peligrosos las razas incluidas hasta ahora y todo el que esta ley recoja sobre manejo, licencias y medidas de seguridad.

¿Es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil si tengo un perro?

  • Afecta a todos los perros, de cualquier peso o raza. Se trata de un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños que el animal pueda causar a terceros e incluso a las personas propietarias del perro.
  • Este seguro no será obligatorio todavií. Habrá que esperar a la aprobación de un reglamento por parte del Gobierno.

¿Se ha de hacer un curso de formación para la tenencia de perros?

  • Será gratuito y con validez indefinida, pero todavía no se sabe en qué consistirá porque está pendiente del reglamento.

¿Está permitido el sacrificio o la eutanasia?

No, excepto por motivos de seguridad de las personas o animales, de riesgo para la salud pública o en caso de que sea justificable bajo control veterinario para evitar el sufrimiento del animal.

¿Que es necesario hacer en caso de muerte de tu animal?

  • Te has de poner en contacto con tu centro veterinario, para que proceda al tratamiento del cadáver de forma adecuada y expida un certificado de la muerte. Has de presentar la solicitud de baja en el censo municipal.
  • La muerte del animal se tendrá que acreditar mediante certificado veterinario o de la empresa incineradora.

Si quieres consultar la ley entera puedes hacer clic en el link: Ley de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales.

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