Aragón convoca pruebas de habilitación para la adquisición de la condición de personal Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria

La figura del AOIV ha demostrado ser esencial en la optimización de las operaciones en mataderos, asegurando el cumplimiento de normativas y estándares en materia de inspección veterinaria.

31/08/2023

En un esfuerzo por fortalecer el control oficial en mataderos y asegurar el desarrollo sostenible de un sector económico vital para nuestra comunidad autónoma, se ha anunciado una nueva convocatoria para la realización de la prueba de habilitación de Auxiliares Oficiales de Inspección Veterinaria (AOIV) en Aragón. Esta convocatoria se ...

En un esfuerzo por fortalecer el control oficial en mataderos y asegurar el desarrollo sostenible de un sector económico vital para nuestra comunidad autónoma, se ha anunciado una nueva convocatoria para la realización de la prueba de habilitación de Auxiliares Oficiales de Inspección Veterinaria (AOIV) en Aragón. Esta convocatoria se realiza en concordancia con el Decreto 55/2019 del Gobierno de Aragón, que establece las bases para regular la figura del Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria y garantizar la correcta ejecución de las inspecciones veterinarias en los mataderos.

La figura del AOIV ha demostrado ser esencial en la optimización de las operaciones en mataderos, asegurando el cumplimiento de normativas y estándares en materia de inspección veterinaria. El Decreto 55/2019 estableció la necesidad de contar con personal capacitado y formado para llevar a cabo estas tareas de manera eficiente y precisa. La Orden SAN/514/2020 complementa este marco normativo, definiendo los procedimientos de autorización de entidades formadoras y habilitación del personal AOIV.

Requisitos para la Participación

1. Podrán participar en la prueba de habilitación como Auxiliar Oficial de Inspección Veterinaria quienes acrediten:

a) Haber participado en un curso homologado por la Dirección General de Salud Pública. En relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 55/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, aquellas personas cuyos conocimientos prácticos hayan sido convalidados mediante Resolución emitida por la Dirección General competente en materia de salud pública, podrán participar en la prueba de habilitación justificando igualmente la formación teórica.

b) Haber recibido formación en un curso no homologado por la Dirección General de Salud Pública (en este caso, deberá justificar que el contenido y desarrollo son equivalentes a los homologados).

2. La acreditación individual de la formación, se realizará mediante la presentación del certificado emitido por la persona o entidad responsable de la formación teórico-práctica junto con la solicitud de participación en la prueba de habilitación.

3. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Resolución de la convocatoria

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