Nuevas sanciones contra el maltrato animal

Madrid, Murcia y Castilla-La Mancha renuevan su normativa relacionada con la Protección Animal para luchar contra el maltrato y el abandono de animales. El endurecimiento de las infracciones y la determinación de nuevas prohibiciones son algunas de las aportaciones más relevantes. Además, se refuerzan los sistemas de identificación, y se crean plataformas online para el registro y control de mascotas.

08/05/2018

MADRID Con un total de 281.339 perros y 73.430 gatos –según datos so­ciales–, Madrid es una de las CCAA con mayor número de mascotas de todo el territorio nacional. Este hecho ha promovido inexorablemente un desarrollo amplio y minucioso de la normativa referida a salud animal y bienestar de nuestras mascotas. ...

MADRID

Con un total de 281.339 perros y 73.430 gatos –según datos so­ciales–, Madrid es una de las CCAA con mayor número de mascotas de todo el territorio nacional. Este hecho ha promovido inexorablemente un desarrollo amplio y minucioso de la normativa referida a salud animal y bienestar de nuestras mascotas. La aprobación de la Ley 4/2016, de 22 de julio de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid que venía a sustituir a la de 1990, la sitúan como una de las aportaciones más relevantes en esta área, actualizando la información, y aclimatando la normativa a las necesidades vigentes.

Con una signi­ficativa mejora y adaptación a las demandas de la sociedad actual, la normativa de 2016 se propone sentar las bases del respeto que debe existir entre las personas y los seres vivos de su entorno –especialmente con los animales– siguiendo la Declaración Universal de los Derechos del Animal. Los movimientos de sensibilización a favor de los animales han impulsado el nacimiento de esta norma que establece medidas que se sitúan a la vanguardia en la protección animal, como son las obligaciones que corresponden a los propietarios, entre las que se encuentran tratar a los animales de acuerdo a su condición de seres sentientes, proporcionándoles atención, supervisión, control y cuidados su­ficientes; una alimentación y bebida sana; un espacio para vivir su­ficiente, higiénico y adecuado; proporcionar a los animales aquellos tratamientos preventivos que fueran declarados obligatorios; o adoptar las medidas necesarias para evitar que la posesión, tenencia o circulación de los animales pueda infundir temor, ocasionar molestias o suponer peligro, amenaza o daños a las personas.

Plan de bienestar animal

Dicha normativa viene a complementar otras iniciativas puestas en marcha por el ejecutivo autonómico, como el Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid (CIAAM) que pretende reforzar e incrementar el número de Centros de Acogida de la Comunidad de Madrid y cuenta con capacidad para albergar a 250 animales; o el III Plan de protección y bienestar animal que cuenta con programas como Madridadopta para fomentar la adopción de animales abandonados. Las líneas generales de este III Plan se dirigen a fomentar la educación y la sensibilización a través de acciones publicitarias que aborden especialmente el problema de la esterilización, además de la organización de ferias temáticas y charlas en colegios; acciones destinadas a aumentar la adaptación de animales en centros de acogida, destacando la campaña `2012 Hogares nos esperan, maratón anual de la adopción de animales de compañía´; actividades dirigidas a promover el papel de los animales al servicio de la comunidad como son los acuerdos para realizar experiencias piloto de terapia con animales procedentes del CIAAM; medidas destinadas a mejorar las condiciones de los establecimientos de animales de compañía como es la puesta en marcha de programas de inspecciones a los 1.500 establecimientos inscritos actualmente en el Registro; y planes de mejora del bienestar de los animales de producción y de los parques zoológicos con planes especí­ficos sobre el control e inspección en granjas y vehículos de transporte de animales vivos.

Sanciones y prohibiciones

El capítulo de prohibiciones determina de manera pormenorizada cada una de las actuaciones sancionables entre las que se encuentra el sacri­ficio, maltrato y abandono de animales; la cría y venta de animales con ­fines comerciales sin los permisos correspondientes; las mutilaciones de animales; y dar a los animales una educación agresiva o implicarlos en peleas o agresiones de cualquier clase.

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