
Estado: Esperando
Uno de los mayores desafíos de salud pública en Europa es la lucha contra las resistencias antimicrobianas, un ámbito en el que los veterinarios tienen un papel esencial. En España, parte de este esfuerzo se ha concretado en el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, que regula la distribución, ...
Uno de los mayores desafíos de salud pública en Europa es la lucha contra las resistencias antimicrobianas, un ámbito en el que los veterinarios tienen un papel esencial. En España, parte de este esfuerzo se ha concretado en el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de los medicamentos veterinarios. Esta normativa creó el Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibióticos, conocido como PRESVET, destinado a centralizar la información sobre las prescripciones de antimicrobianos realizadas por veterinarios.
El Real Decreto adapta la normativa española al Reglamento (UE) 2019/6. Su artículo 39 establece la obligación de comunicar, por parte de los veterinarios prescriptores, con una periodicidad de al menos 15 días, una serie de datos detallados en el Anexo IV a la base de datos oficial PRESVET. En total, egún hace hincapié la Organización Colegial Veterinaria (OCV), se deben notificar 21 datos por cada prescripción.
Esta herramienta digital obligatoria centraliza parte de la información que compone la receta veterinaria. Su objetivo es vigilar y controlar el uso de antibióticos en animales de producción y animales de compañía. Su implantación ha sido escalonada: la obligación está vigente desde el 22 de enero de 2024 para explotaciones de animales de producción, mientras que para los veterinarios que atienden animales de compañía la entrada en vigor se fijó para el 2 de enero de 2025 (aun cuando la normativa europea prevé un plazo hasta 2029).
En noviembre de 2024, hace un año, durante una jornada informativa del Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid (COLVEMA) sobre la entrada en vigor de PRESVET, se definió la herramienta como "una aplicación para obtener información muy valiosa sobre cómo se usan estos medicamentos". Al mismo tiempo, se advirtió de que su utilización supondría "un trabajo y un esfuerzo importante añadido" para poder aportar la exhaustiva información requerida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Uno consejo que se trasladó en aquel encuentro fue actualizar los programas de gestión para que puedan responder, de forma semiautomática, a las exigencias.
Muchos veterinarios han necesitado acompañamiento técnico, especialmente para el manejo del software, la adaptación del sistema de gestión clínica o la integración de las obligaciones de notificación. También han señalado que PRESVET les ha supuesto "un incremento importante del trabajo administrativo" y que se trata de "una herramienta tediosa".
La OCV ha reiterado en varias ocasiones que ya existía un sistema previo de control del consumo de antimicrobianos en veterinaria, el Sistema para la Vigilancia del Consumo de Antimicrobianos (ESUAVet), dependiente de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Consideran que PRESVET se suma como un sistema adicional, generando preocupación por duplicidad e incremento de burocracia, pues su cumplimiento consume mucho tiempo.
En febrero, la OCV reclamó una moratoria en la obligación de notificación a PRESVET y la derogación del régimen sancionador. Alertó de que PRESVET es un sistema "rígido e ineficaz de notificación" que "restringe injustificadamente el acceso a los tratamientos de los animales, poniendo en peligro su estado sanitario y bienestar, y la salud pública". Recordó, además, que "las decisiones sobre la salud animal deben tomarse con criterio veterinario y no administrativo".
Exige una regulación lógica y simplificada. Se argumentó entonces que la profesión veterinaria está comprometida con el uso racional y sostenible de los medicamentos, especialmente de los antibióticos, plenamente consciente del grave problema de salud pública que representan las resistencias antimicrobianas. El porcentaje de uso de antibióticos animales representa el 0,2 %.
Para la Confederación Empresarial Veterinaria Española (CEVE), PRESVET incrementa la carga burocrática y añade costes sin compensación. Sus representantes han insistido en que la obligación de notificación no garantiza por sí misma la consecución de los objetivos de control de antibióticos.
Su dirección ha mostrado recientemente satisfacción por la "gran respuesta" del sector veterinario en la manifestación convocada el martes 18 de noviembre frente a la sede del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en Madrid, en la que participaron miles de profesionales de toda España para rechazar el Real Decreto 666/2023. CEVE justifica que "la aplicación de la norma limita la libertad de prescripción, restringe el criterio profesional del facultativo, introduce una carga burocrática desproporcionada, fomenta situaciones de automedicación, encarece tratamientos, desincentiva el ejercicio clínico responsable y genera un clima de temor permanente a la sanción".
Ventajas esperadas
El objetivo de PRESVET es lograr una trazabilidad más precisa del uso de antibióticos en veterinaria, contribuyendo a la estrategia de reducción de antimicrobianos y al enfoque One Health. Una base de datos nacional unificada debería permitir a la Administración y al sector disponer de una visión global del consumo de antibióticos, facilitando políticas de reducción, vigilancia y benchmarking.
No obstante, el reto es evidente. Se genera una carga administrativa relevante para el veterinario, tanto por la comunicación de un elevado número de datos como por la adaptación del software, la certificación digital y la gestión de plazos. Esto se ha traducido en un incremento notable del trabajo administrativo.
El éxito de PRESVET dependerá en gran medida de que los veterinarios perciban un valor añadido y no únicamente una obligación. Puede ofrecer utilidades internas, como un mayor control del uso de antibióticos y una mejor trazabilidad, pero si se percibe como una carga sin beneficio directo, la resistencia a su adopción persistirá. En este sentido, es necesario que la Administración garantice formación, soporte técnico y claridad en el régimen sancionador. Este primer año puede considerarse de transición.
Para que PRESVET funcione con fluidez, resulta imprescindible actualizar el software de gestión clínica y verificar que permite exportar o comunicar los datos necesarios. Del mismo modo, conviene establecer procedimientos en la clínica para cumplimentar los campos de las prescripciones, asignar responsables y vigilar los plazos, que resultan exigentes.
Por otro lado, es importante explicar al tutor del animal que la normativa pretende mejorar el uso de antibióticos y que el veterinario debe realizar un registro adicional. Este contexto puede reforzar la imagen del veterinario como profesional sanitario comprometido con la salud animal y la salud pública.
El diseño normativo de PRESVET, recogido en el Real Decreto 666/2023, representa un paso hacia la digitalización del control de antimicrobianos en veterinaria. Sin embargo, a día de hoy persiste la preocupación por la duplicidad y la carga burocrática que implica su aplicación.
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