Barcelona refuerza la limpieza con una campaña sobre excrementos y orines de perro

El distrito de Gràcia impulsa una campaña informativa para fomentar la recogida de excrementos y la limpieza de orines de perros. Hasta el 23 de mayo, se informará a los vecinos en parques y calles clave, entregando bolsas y recordando las normas básicas de convivencia y cuidado animal.

15/05/2025

Actualmente, Barcelona dispone de 116 áreas de perros: 46 áreas de esparcimiento para perros (AEG) de más de 400 m2 y 70 áreas para perros (AGO) de menos de 400 m2. En conjunto, la ciudad dispone de 45.900 m2 de áreas para perros distribuidas por todos los barrios de la ...

Actualmente, Barcelona dispone de 116 áreas de perros: 46 áreas de esparcimiento para perros (AEG) de más de 400 m2 y 70 áreas para perros (AGO) de menos de 400 m2. En conjunto, la ciudad dispone de 45.900 m2 de áreas para perros distribuidas por todos los barrios de la ciudad.

Estos días está en marcha una campaña informativa en el distrito, que durará hasta el 23 de mayo, para reforzar la información sobre la recogida de excrementos de los perros y limpieza de los orines en diversas zonas del distrito de Gràcia. La actuación se llevará a cabo en zonas ZUC, como el Parque de la Creueta del Coll, zona forestal del Park Güell o la calle Esteve Terradas. También formarán parte del circuito de la campaña calles concretas como: la avenida del Coll del Portell, calle Mare de Déu del Coll y Mare de Déu de la Salut, los jardines Teixonera y los de la Alzina, entre otros.

Se informará en todos y todas las usuarias que paseen el perro sobre la obligatoriedad de recoger los excrementos de su perro y la recomendación de aclarar los orines. Se entregará a las personas informadas un rollo de bolsas para recoger los excrementos. Además, se aprovechará la interacción con los ciudadanos para explicarlos otros aspectos relacionados con los animales de compañía (perros):

. Dónde depositar los excrementos del perro.
. Información de las áreas de esparcimiento más próximas.
. Zonas de uso compartido próximas.
. Espacio para perros en la playa de Levante.
. Normativa básica.

Responsabilidad de los propietarios y propietarias

1. Es imprescindible identificar el perro, el gato o el hurón con un microchip y con una chapa colgada en el cuello con los datos básicos para que pueda ser devuelto en caso de pérdida o robo.

2. Todos los animales tienen que inscribirse en el registro censal municipal.

3. Tienen que alimentarse adecuadamente.

4. No está permitido utilizar collares de castigo, fuerza y/o estrangulamiento.

5. Hay que proporcionarles ejercicio diario.

6. Hay que evitar que estén solamente más de 5 o 6 horas seguidas en casa. Los animales necesitan afecto.

7. No se pueden maltratar ni abandonar.

8. La esterilización de perros y gatos es una forma efectiva de evitar la superpoblación y el abandono a consecuencia de nacimientos no deseados.

9. Hay que llevarlos al veterinario como mínimo una vez al año y siempre que lo necesiten.

10. Los excrementos, tanto en la vía pública como en las áreas de esparcimiento, se tienen que recoger y tirar en el contenedor gris o en una papelera y dentro de una bolsita.

11. Siempre que sea posible, hay que aclarar los orines del animal con agua.

Sanciones para no recoger excrementos y aclarar los orines:

En el artículo 23 de la Ordenanza de Protección, Tenencia y Venta de Animales (OPTVA) punto 1 apartado a) Son prohibidas las deposiciones y micciones de animales domésticos en los parques infantiles o jardines de uso por parte de los niños. En el apartado b) Son prohibidas las micciones en las fachadas de los edificios y al mobiliario urbano. En el apartado c) se tiene que proceder inmediatamente a la limpieza de los elementos afectados. En el punto 2: En caso de incumplimiento de que dispone el apartado anterior, los agentes de la Autoridad municipal pueden requerir a la persona poseedora del animal para que proceda a la limpieza de elementos afectados.

Artículo 59.2.a (infracción muy grave): "Permitir a los animales domésticos depositar sus deposiciones y sus micciones en los parques y jardines de uso para los niños". Multas de hasta 3.000 euros.

Artículo 59.3.b (infracción grave): "No recoger inmediatamente las deposiciones fecales de los animales domésticos en las vías y en los espacios públicos ni depositarlos de forma higiénicamente aceptable a los contenedores o depósitos de basuras o no proceder a la limpieza de los elementos afectados por las deposiciones o afectar con las deposiciones, especialmente de perros y gatos, a los pisos, ya sean los superiores, los inferiores o los laterales, las fachadas o la vía pública por no haber tomado las medidas necesarias para evitarlo". Multas de hasta 1.500 euros.

Artículo 29.4. b (infracción leve): "Permitir a los animales domésticos efectuar sus micciones en las fachadas de los edificios y al mobiliario urbano o afectar con las micciones, especialmente de perros y gatos, a los pisos, ya sean los superiores, los inferiores o los laterales, las fachadas o la vía pública por no haber tomado las medidas necesarias para evitarlo." Multas de hasta 750 euros.