Mataró multará con hasta 750 euros a los dueños de mascotas que no limpien sus orines con agua

Mataró aprueba inicialmente la nueva ordenanza municipal sobre tenencia, protección y control animal.

12/07/2017

La nueva Ordenanza municipal sobre tenencia, protección y control animal se aprobó en Mataró inicialmente por unanimidad en el Pleno de julio. El objeto de esta normativa es regular la protección, control y tenencia de animales en su interacción con el medio urbano y las personas, preservar la salud pública ...

La nueva Ordenanza municipal sobre tenencia, protección y control animal se aprobó en Mataró inicialmente por unanimidad en el Pleno de julio. El objeto de esta normativa es regular la protección, control y tenencia de animales en su interacción con el medio urbano y las personas, preservar la salud pública y la seguridad alcanzando un buen nivel de protección y bienestar de los animales en el esfera física y psíquica, garantizar la tenencia responsable y reducir al máximo las pérdidas y los abandonos de animales.

La nueva ordenanza también quiere contribuir a fomentar la convivencia, el civismo y el bienestar colectivo, facilitando que todas las personas, ya sean poseedoras o no de animales, puedan desarrollar en libertad sus actividades con pleno respeto a la dignidad ya los derechos de todos.

Los propietarios de animales deben disponer de un espacio con ventilación, humedad, temperatura, luz y cobijo adecuados y necesarios para evitar cualquier sufrimiento y para satisfacer las necesidades vitales y el bienestar físico y psíquico de sus mascotas. Se calcula un espacio mínimo de 20 m² por cada animal de más de 25 kg, a menos de centros veterinarios o refugios. Y en cuanto a los perros, no se pueden dejar solos durante más de 12 horas.

Los animales deben recibir atención veterinaria y los propietarios tienen que sacar a pasear a sus perros un mínimo de dos veces al día. La nueva normativa también recuerda la obligatoriedad de registrar los perros, gatos y hurones en el censo municipal. Antes de incorporarlo al censo municipal, es necesario que el animal tenga implantado un microchip.

Los animales no pueden estar más de 20 minutos en el interior de un vehículo estacionado y deben ir siempre atados en la vía pública. La ordenanza prohíbe el uso de los collares que funcionan provocando la asfixia del perro; las correas, fijas o flexibles, y las cadenas deben tener una extensión de entre 1,5 y 2 metros y se prohíbe el uso de correas extensibles para perros de más de 15 kg.

Los centros de acogida y los establecimientos dedicados a la venta deben exigir la declaración responsable conforme el cliente o la persona adoptando no ha sido sancionada por infracciones que impliquen maltrato o abandono del animal, ni administrativamente, ni penalmente, en los últimos cinco años.

Se prohíbe desde las 21 h hasta las 8 h dejar en patios, terrazas, galerías y balcones u otros espacios abiertos, animales que con sus sonidos, gritos o cantos estorben el descanso del vecindario.

Para intentar resolver de forma sencilla, rápida y gratuita los conflictos derivados de la convivencia ciudadana y los animales de compañía o domésticos, las comunidades de propietarios o vecinos afectados pueden dirigirse al Servicio de Mediación Ciudadana de manera presencial o telefónicamente.

En cuanto a las deposiciones y micciones, una de las novedades de esta ordenanza es que establece que la orina se deberá diluir con agua para asegurar la salubridad de la vía y espacios públicos y evitar la degradación del mobiliario urbano. En ningún caso se permite el uso por parte de los particulares de productos como azufre o repelente de las micciones en las fachadas de los edificios y en las aceras. Sólo se admite el uso de productos comerciales específicos destinados a este fin.

Las personas que pasean un perro o cualquier otro animal por la calle, adoptarán las medidas necesarias para que éstos no ensucien con sus deposiciones fecales, o residuos alimentarios las vías y / o espacios públicos y especialmente para evitar las micciones en parques y jardines de uso para niños, zonas de recreo, fachadas de edificios, mobiliario urbano y elementos arquitectónicos de ornato de la ciudad y monumentos.

En la vía pública y en los espacios públicos los perros deben ir atados, se pueden llevar 4 perros a pasear por ciudadano y hay que llevar sus tarjetas censales.

Sanciones

Las sanciones van en función del tipo de infracciones que se tipifican en leves, graves o muy graves. Las multas por infracciones leves van de los 100 hasta los 750 €; para las infracciones graves de 751 € hasta los 1.500 €; y las muy graves llegan hasta los 3.000 €.

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