Entra en vigor el Real Decreto 666/2023 sobre medicamentos veterinarios
La entrada en vigor del Real Decreto 666/2023 marca un hito en la regulación de medicamentos veterinarios en España. Esta norma no solo busca garantizar la salud animal y pública, sino también fortalecer la sostenibilidad medioambiental. Veterinarios, ganaderos y distribuidores deberán estar preparados para cumplir con esta nueva normativa, que promete modernizar el sector y mejorar la seguridad sanitaria del país.
Estado: Esperando
02/01/2025
Desde el 2 de enero de 2025, entra en vigor el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, una normativa clave que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios en España. Publicado en el Boletín Oficial del Estado («BOE» núm. 172), esta nueva regulación adapta la legislación ...
Desde el 2 de enero de 2025, entra en vigor el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, una normativa clave que regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios en España. Publicado en el Boletín Oficial del Estado («BOE» núm. 172), esta nueva regulación adapta la legislación nacional al Reglamento (UE) 2019/6, promoviendo el uso racional de medicamentos y combatiendo la resistencia a los antimicrobianos.
El nuevo marco legal tiene como objetivos principales:
Controlar y supervisar la distribución y uso de medicamentos veterinarios para garantizar la seguridad de la salud pública, animal y del medio ambiente.
Adaptar la normativa nacional al Reglamento europeo 2019/6.
Fomentar el uso prudente de los antimicrobianos y reducir su consumo para prevenir resistencias.
Principales novedades
Requisitos más estrictos para la prescripción y dispensación: Los veterinarios deberán realizar un examen clínico o una evaluación previa del estado de salud de los animales antes de emitir recetas.
Regulación del uso de antimicrobianos: Clasificación basada en el riesgo que suponen para la salud pública y restricciones específicas para tratamientos metafilácticos.
Obligatoriedad de plataformas electrónicas de recetas: Por primera vez, se establecen requisitos técnicos para estas plataformas, asegurando la comunicación con el Sistema Informático Central de Control de Prescripciones Veterinarias de Antibóticos (PRESVET).
Nuevas disposiciones para la venta a distancia: Normas específicas para sitios web y aplicaciones que comercializan medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción.
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